El abuso de la prórroga de los presupuestos
El recurso al instituto constitucional de la prórroga automática de los presupuestos comienza a adquirir una inusual habitualidad que resulta muy preocupante.
En un escenario de fragilidad política, la incapacidad del Gobierno para presentar el proyecto de los presupuestos y el uso concatenado de la prórroga de los del ejercicio anterior —y del anterior del anterior— evidencian dos enormes grietas por las que supura nuestro Estado de Derecho que suponen un incumplimiento flagrante del principio de separación de poderes que contempla la Constitución en el ciclo presupuestario.
Como sociedad democrática no acabamos de dimensionar adecuadamente el exagerado uso que se está haciendo de la prórroga automática de los presupuestos generales prevista en el artículo 134.4 de la Constitución. Y lo peor de todo; hemos normalizado esta anomalía que empieza a impregnar al resto de los niveles territoriales, siendo cada vez más común que las Comunidades autónomas y los Municipios sobrevivan como buenamente puedan prorrogando sus presupuestos.
Centrándome en los del Estado —porque lo que diga es trasladable a los restantes órdenes territoriales— debemos recordar aquí que para 2024, después de dos intentos de que se aprobara en el Congreso el techo de gasto que no llegaron a buen puerto, no se consiguieron aprobar las cuentas públicas lo que llevó a prorrogar los Presupuestos de 2023. Durante todo 2024 el Gobierno renunció siquiera a intentar plantear de nuevo la aprobación de los presupuestos, que quedaron definitivamente aparcados.
Tampoco tuvieron más suerte los de 2025, con la particularidad de que ni siquiera se llegaron a presentar para su aprobación en el Congreso, que llegó a instar al Gobierno, en una moción aprobada el 8 de mayo de 2025, para que cumpliera con su deber constitucional de presentarlos. Tampoco lo hizo, manteniendo de nuevo prorrogados los Presupuestos de 2023 durante todo el ejercicio 2025.
2026 no ha empezado mejor, obligando de nuevo a recurrir a la prórroga automática de los Presupuestos de 2023. Eso sí, el Gobierno sigue insistiendo, una y otra vez, en que tiene intención de presentar el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026 aunque, llegados al mes de abril no parece muy probable que haga ese esfuerzo. Está demasiado cómodo afincado en un abuso de la prórroga automática de los Presupuestos de 2023 que le permite seguir gobernando sin el desgaste que le supondría intentar someter a aprobación unas nuevas cuentas públicas a unas Cortes que amenazan con tumbarlas una vez más. Un mero barniz de legitimidad que no se ajusta a las mínimas exigencias democráticas.
¿Es tan importante que se presenten los Presupuestos?
Llegados aquí debemos preguntarnos ¿realmente es tan importante que se presenten los Presupuestos por el Gobierno y que se aprueben por las Cortes? ¿No se prevé precisamente la prórroga para resolver cualquier eventualidad en este proceso?
La Constitución en su artículo 134 establece las competencias perfectamente diferenciadas que corresponden a cada uno de los poderes del Estado en el ciclo presupuestario. Al Ejecutivo se le atribuye la elaboración de los presupuestos y al Legislativo su examen, enmienda y aprobación, así como su control posterior. Se trata de un perfecto reparto de roles en el que el protagonismo en la aprobación de los presupuestos lo asumen las Cortes Generales; tanto es así que si no los aprueban se activa automáticamente la prórroga de los del ejercicio anterior para garantizar que solo ellas decidan acerca de las cuentas del Estado.
Y en esa aprobación de los presupuestos por las Cámaras, resulta un paso imprescindible su presentación por parte del Gobierno. Si no los presenta, como está ocurriendo actualmente, por considerar que no tiene los apoyos necesarios para que lleguen a aprobarse felizmente por ambas Cámaras, está hurtando al Poder legislativo ese papel esencial en el ciclo presupuestario que les reserva la Constitución; nuestra Carta magna le atribuye la discusión y la aprobación del presupuesto de cada ejercicio, convirtiendo esta competencia en una suerte de debate sobre la política económica general que pretende desarrollar el Gobierno a lo largo del ejercicio, y con ello en un instrumento de control sobre su actuación.
La prórroga no puede ser la norma
La prórroga solo puede ser una solución provisional y nunca una fórmula política para sortear la imposibilidad de llegar al necesario acuerdo entre ambos poderes del Estado para conseguir aprobar la norma presupuestaria. La prórroga automática no puede suplir ese consenso exigible en la aprobación de los nuevos presupuestos.
Por ello la presentación de los presupuestos, lejos de ser solo una obligación meramente política, se convierte en un deber constitucional que no puede sustituirse, como se está haciendo ahora, acudiendo de forma abusiva a la prórroga automática hasta convertirla en una herramienta en manos del Gobierno para sortear las legítimas atribuciones de las Cámaras en un intento de generar una falsa apariencia de normalidad en la gestión de los recursos públicos.
Nada más lejos de la realidad. De hecho, en los últimos años la prórroga automática ha operado como una ficción en la que el Gobierno lleva tres ejercicios haciendo malabares a través de las modificaciones presupuestarias para adaptar los Presupuestos de 2023 a las dificultades económicas, operativas y financieras que se han ido planteando, entre otros ámbitos, en el arreglo y mantenimiento de infraestructuras que, en este 2026, están en una situación crítica en la que este tipo de parches ya no resultan suficientes. Y ello por no añadir el impacto que la falta de nuevos presupuestos tiene respecto de la financiación autonómica donde radican las principales competencias relativas a los servicios públicos esenciales: sanidad, educación, dependencia… al no producirse la actualización de los mecanismos de transferencia, con la paradoja de que nos encontramos ante récord de recaudación tributaria.
El abuso que el Gobierno está haciendo de la prórroga automática no solo impide asignar fondos a proyectos nuevos que no están contemplados en los presupuestos que se prorrogan, sino que dificulta una correcta planificación del gasto del Estado y la priorización de las necesidades siempre cambiantes y perentorias de un Estado social y democrático de derecho como el nuestro. Y por si ello fuera poco, agrava el déficit en inversión en los servicios públicos esenciales, que pierden en calidad y competitividad impidiendo que los presupuestos cumplan su misión fundamental: ser un instrumento en favor de la ciudadanía.
Sobre la autora

Catedrática de Derecho Financiero y Tributario · Universidad de León
Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de León, donde desarrolla su actividad docente e investigadora. Actualmente dirige el Departamento de Derecho Público y la Cátedra de Empresa Familiar de la ULE. A lo largo de su trayectoria ha asumido responsabilidades como Secretaria General de la Universidad de León, Secretaria General de Hacienda de la Junta de Castilla y León y Subdelegada del Gobierno de España en León, entre otras. Articulista de opinión y colaboradora habitual en medios de comunicación.

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